El Gobierno de Venezuela presentará en las próximas semanas las pruebas escritas como parte de la apelación ante la Corte Penal Internacional (CPI) en torno a la reanudación de una investigación por supuestos crímenes de lesa humanidad en el país.
En este sentido, el Tribunal Penal Internacional detalló en su portal informativo que durante los días 7 y 8 de noviembre se recibirán las presentaciones escritas por parte del Gobierno Bolivariano.
“La Sala de Apelaciones está convocando una audiencia para abordar plenamente las cuestiones novedosas y complejas que surgen en esta apelación”, precisó la CPI.
Señaló también que “en esta audiencia, la Fiscalía y los Representantes de la República Bolivariana de Venezuela tendrán la oportunidad de abordar cuestiones específicas que surjan de sus presentaciones y responder a las preguntas de las apelaciones”.
Apelación
El 14 de agosto de este año, el Gobierno de Venezuela presentó su apelación ante la CPI contra la decisión de reanudación de la investigación del caso denominado “Venezuela I”.
La nación suramericana argumentó en el documento que la decisión tomada por la Sala de Cuestiones Preliminares el 27 de junio de este año incurrió en seis errores de hecho y de derecho que vulneran las disposiciones fundamentales del Estatuto de Roma, ratificado por Venezuela el 7 de junio de 2.000, así como el Derecho Internacional, “resultando contraria a la verdad y la justicia”.
En el escrito de apelación, Venezuela destacó que “durante todo el curso del denominado Examen Preliminar, que jamás se realizó conforme a los parámetros del Derecho Internacional y del Estatuto de Roma, se impidió a Venezuela ejercer su derecho a la defensa, negándole el acceso a la información sobre los hechos concretos que eran evaluados por la Fiscalía de la CPI”.
Entre las graves violaciones denunciadas se alegó además que la Sala de Cuestiones Preliminares “desechó –sin fundamento- la mayor parte de las pruebas presentadas por Venezuela que demuestran la profusa y productiva labor del Sistema de Justicia en la investigación y sanción de delitos contra los derechos humanos acaecidos en el país”.
Estatuto de Roma
Las normas contempladas en el Estatuto de Roma indican que la Corte Internacional vinculada con las Naciones Unidas funcionará desde La Haya, ciudad de Países Bajos.
El Artículo 5 del referido Estatuto señala que “la competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional”, de manera detallada indica: genocidio; crímenes de lesa humanidad; crímenes de guerra y crimen de agresión.
Seguidamente, el Artículo 7 recoge que: “A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por crimen de lesa humanidad cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.
Especifica casos de «asesinatos; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de población; encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; tortura; violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado y esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable».
Además en casos de “persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género (…) u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional”.