Luego de solicitar cuatro prórrogas para presentar sus alegatos sobre la inmunidad diplomática de Alex Saab ante la Corte de Apelaciones de Georgia, la Fiscalía de Estados Unidos (EE.UU.) finalmente renovó sus argumentos políticos y manipulados en torno al caso este miércoles 4 de octubre.
Aunque ya la defensa del Enviado Especial de Venezuela ha desmontado con sólidos argumentos las excusas sin fundamento y violatorias del Derecho Internacional por parte de la justicia estadounidense, la Fiscalía intenta nuevamente usar su desconocimiento a un Estado libre y soberano y a la legitimidad del gobierno constitucional del presidente Nicolás Maduro para justificar sus acciones.
Bajo este argumento político, la Fiscalía sostiene el desconocimiento de las protecciones internacionales en virtud de la convención de Viena y de la Convención de Nueva York, lo que deja claro que no hay duda de la condición diplomática de Alex Saab, si no del respeto a la soberanía del pueblo venezolano.
“La inmunidad diplomática de los diplomáticos de un Estado extranjero solo existe cuando hay reconocimiento de la soberanía de otro Estado por parte del Departamento de Estado («Un agente diplomático que afirma representar a un gobierno revolucionario que no es reconocido por el estado receptor no tiene derecho a la inmunidad diplomática en los tribunales de ese estado)», refiere el documento del Departamento de Justicia norteamericano.
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La doctrina de los actos de Estado que EE.UU. quiere hacer valer con Cabo Verde en el respeto a la decisión emanada por el tribunal constitucional y la decisión de irrespetar una sentencia vinculante del Tribunal de la CEDEAO donde ordenó liberar al diplomático Alex Saab, también debe servir entonces como base para Venezuela en exigir el respeto a los actos de estado emanados del Gobierno constitucional del presidente Nicolás Maduro, quien goza plenamente de reconocimiento internacional como Estado y como gobierno.
De acuerdo con la defensa de Saab, el desconocimiento a un gobierno y en consecuencia a la soberanía de un Estado, como lo ha expresado EE.UU. en este escrito, no elimina la existencia del Estado mismo ni del gobierno como miembro reconocido y por lo tanto sujeto de Derecho Internacional, con derechos y deberes en virtud de él.
En este sentido, refieren los abogados de Saab, a lo único que le da derecho el desconocimiento a un Estado es a no mantener relaciones diplomáticas, políticas y comerciales con el gobierno desconocido, pero no puede unilateralmente obligar al resto de Estados soberanos a desconocerlo o no puede impedir que Venezuela mantenga relaciones con otros Estados.
Destacan que el respeto a la inmunidad de tránsito de un diplomático en el desarrollo de su misión, es una costumbre internacional y por lo tanto norma del Derecho Internacional consuetudinario.
Con estas acciones, EE.UU. intenta confundir los argumentos y las normas de Derecho Internacional, cuando se asume como un Estado receptor y un Estado de tránsito para condicionar el respeto a la protección Internacional de Alex Saab.