La Corte Internacional de Justicia (CIJ) instó a Colombia cesar inmediatamente la interferencia de su Armada y de pescadores en las aguas jurisdiccionales de Nicaragua, al considerar que la nación neogranadina violó la Zona Económica Exclusiva (ZEE) del país centroamericano.
Con 10 votos a favor y cinco en contra, la CIJ también señaló a Bogotá por interferir en las “actividades de investigación científica marina y pesquera de las embarcaciones con bandera o licencia nicaragüense y con las operaciones de las embarcaciones navales”.
Asimismo, la Corte de Naciones Unidas estipuló que el decreto del Gobierno colombiano de establecer una “zona contigua integral” desde el continente hasta el archipiélago de San Andrés “no se ajusta al derecho internacional consuetudinario”, porque omite la delimitación fijada por la CIJ en un fallo anterior de 2012, en el que cede 75.000 kilómetros cuadrados de aguas a Nicaragua.
Además, les fue solicitado a los dos países establecer acuerdos para determinar los derechos pesqueros de la comunidad raizal (asentada en el archipiélago de San Andrés), para que puedan acceder a las aguas nicaragüenses y explotar los bancos de pesca considerados tradicionales por Bogotá.
Sobre este punto, la CIJ expuso que no examinó a fondo el tema de la comunidad raizal porque no se ha demostrado que sus habitantes tengan derechos artesanales de pesca, ni que Nicaragua haya aceptado proteger esos derechos.
Finalmente, la Corte pidió a Nicaragua vigilar los decretos gubernamentales relacionados con su ZEE, para no incurrir en faltas de “adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia”.
La denuncia de Nicaragua ante la CIJ sostenía que Colombia violó el derecho internacional por no aplicar la sentencia de 2012 de la Corte favorable a Managua, porque la Armada colombiana realizaba operaciones de patrullaje en aguas caribeñas que no le correspondían.